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Ayudas al alquiler de pisos en Barcelona por el impacto del covid-19

ayudas al alquiler de pisos en Barcelona por el covid19

La pandemia por coronavirus que estamos viviendo está afectando a la economía doméstica de prácticamente todas las personas.  Afortunadamente, desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, se han adoptado un conjunto de medidas urgentes entre las que se encuentran diferentes ayudas para hacer frente al alquiler de la vivienda.

Las ayudas al alquiler de pisos en Barcelona que actualmente están en vigor son subvenciones estatales que se otorgan a todas las personas físicas que sean titulares de un contrato de alquiler con domicilio habitual y permanente en Catalunya. Para poder solicitarlas, es necesario estar afectado por una situación económica derivada de la crisis sanitaria por el coronavirus:

  • Haberse quedado en el paro.
  • Estar afectado por un Erte.
  • Haber visto reducida su jornada laboral por motivo de cuidados a terceros.
  • Otros motivos que hayan supuesto una pérdida de dinero considerable.

Ayudas por dificultades para pagar el alquiler

Esta ayuda va destinada a todas las personas con serias dificultades para pagar el alquiler. Pueden darse dos casos.

1.- Si el propietario del piso es una empresa, una entidad pública de la vivienda o un gran tenedor, es decir, aquel que tenga más de 10 inmuebles urbanos o bien una superficie construida de más de 1.500 m2, se pueden solicitar dos ayudas y el propietario está obligado a aceptar, al menos una:

  • Reducción de un 50% de la renta de alquiler.
  • Moratoria en el pago de la renta del alquiler. La moratoria se aplicaría de forma automática a partir de la siguiente mensualidad y el pago de las diferentes mensualidades se haría de forma fraccionada durante, al menos, los siguientes tres años. La persona no tendría ningún tipo de penalización y las cantidades aplazadas serían devueltas sin intereses.

El plazo para solicitarlo es hasta el 30 de septiembre de 2020. Una vez el arrendatario/arrendataria ha hecho la solicitud, el propietario deberá comunicar, en un plazo máximo de 7 días laborales, la opción elegida, a no ser que se hayan acordado medidas alternativas de forma voluntaria.

2.- Si el piso es de un pequeño propietario se puede solicitar el aplazamiento temporal y extraordinario del pago de la renta de alquiler. La solicitud se puede realizar hasta el 30 de septiembre de 2020. Una vez el arrendatario/arrendataria ha hecho la solicitud, el propietario deberá comunicar, en un plazo máximo de 7 días laborales, las condiciones del aplazamiento o del fraccionamiento de la deuda o, en su caso, las medidas alternativas que se plantean.

 Ayudas de financiación para el alquiler

El propietario no está obligado a aceptar la solicitud de aplazamiento temporal. Si no se acepta, existe un programa de ayudas transitorias de financiación. Se trata de préstamos financieros del Estado que facilitan los bancos para poder pagar la renta del alquiler del piso donde se vive. Se puede solicitar hasta un máximo de seis mensualidades que, posteriormente, se devolverán sin interés alguno en un máximo de 6 años aunque puede prorrogarse 4 más, si fuera necesario y de manera excepcional.

Nuevo programa de ayudas al alquiler de pisos en Barcelona

Si por algún motivo, no se puede acceder a las ayudas de financiación, existe también el Nuevo Programa de ayudas. A través de él, la persona puede recibir una cantidad máxima aproximada de 900 euros/mes y de hasta el 100% de la renta.

Ayudas si el contrato está a punto de finalizar

Si el contrato de alquiler finaliza antes del 30 de septiembre, la persona titular del contrato puede acogerse a una prórroga extraordinario de un máxima de 6 meses. En este caso, es fundamental que el propietario (persona jurídica o física) lo acepte a menos que las dos partes lleguen a otro tipo de acuerdo.

Si el contrato de alquiler ha finalizado antes del 2 de abril, también se puede solicitar la prórroga pero, en este caso, el propietario no está en la obligación de aceptarla.

Ayudas al arrendamiento de la Generalitat

Con motivo del coronavirus, la Generalitat de Catalunya publicó una línea de ayudas destinadas a todas aquellas unidades familiares con una reducción de sus ingresos a causa de la Covid-19. Estas ayudas se encuentran paralizadas desde el pasado 4 de junio a la espera de que se acaben de valorar todas las solicitudes presentadas. Por tanto, de momento, las personas pueden acogerse únicamente a las subvenciones estatales explicadas anteriormente.

Cómo tramitar las ayudas

Para tramitar la solicitud de ayuda al alquiler hay que hacerlo a través de los canales oficiales y rellenando los impresos pertinentes. Actualmente todas estas gestiones y la descarga de documentos se puede hacer AQUÍ.

El Ayuntamiento de Barcelona también ha editado una completa guía en la que se resuelven todas las dudas sobre las ayudas al alquiler de pisos en Barcelona.

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